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Lic. Erwin Sánchez (izquierda), presidente de AMICTLAN y el Dr. Alejandro Rodríguez Alvarado, Director Ejecutivo del INETER, firman convenio interinstitucional para trabajar de forma conjunta el proceso de ordenamiento territorial de Apoyo. El Lic. Christian Casals, representante de Geólogos del Mundo en Nicaragua participó como testigo de honor del importante acontecimiento realizado el pasado 8 de agosto en el Mirador de Diriomito, al sitio localizado al borde del Cráter de Apoyo.

A continuación el Convenio: CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN
ENTRE LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS INTEGRADOS POR LA CUENCA Y TERRITORIO DE LA LAGUNA DE APOYO DE NICARAGUA (AMICTLAN) .Y EL INSTITUTO NICARAGUENSE DE ESTUDIOS TERRITORIALES (INETER).
Los suscritos: ERWIN JOSÉ JARA SÁNCHEZ, Mayor de edad, Casado, Licenciado en Administración de Empresas, identificado con cédula de identidad Numero 404-020657-0000K, del domicilio de Catarina departamento de Masaya, quien actúa en calidad de Presidente de la Asociación de Municipios Integrados por la Cuenca y Territorio de la Laguna de Apoyo de Nicaragua (AMICTLAN), según demuestra con el testimonio de la Escritura Publica numero treinta y uno (31) denominada “Constitución de la Asociación de Municipios Integrados por la Cuenca y Territorio de la Laguna de Apoyo de Nicaragua”, autorizada ante los oficios del Notario José Ulises Carballo Nicaragua, en la ciudad de Masaya a las dos de la tarde del día treinta y uno de julio del año dos mil seis; quien en lo sucesivo podrá ser designado simplemente como “AMICTLAN” y el Doctor, ALEJANDRO CÉSAR RODRÍGUEZ ALVARADO, mayor de edad, casado, Doctor en Geofísica, con domicilio y residencia en la Ciudad de Managua, identificado con Cédula de identidad Número 561-121243-0000C, comparece en su carácter de Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (INETER), Ente Descentralizado del Gobierno, bajo la rectoría sectorial de la Presidencia de la República, lo que demuestra con Acuerdo Presidencial, número 12-2007 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número siete del día diez de enero del año dos mil siete y con la Certificación extendida por el Consejo de Políticas Nacionales del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la República de Nicaragua, el día dieciséis de Enero del año dos mil siete. De común acuerdo hemos decidido celebrar el presente CONVENIO DE COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS INTEGRADOS POR LA CUENCA Y TERRITORIO DE LA LAGUNA DE APOYO DE NICARAGUA – AMICTLAN ..Y EL INSTITUTO NICARAGUENSE DE ESTUDIOS TERRITORIALES – INETER, el que se regirá por las siguientes cláusulas.

CONSIDERANDO

I
Que el INETER, de conformidad con las competencias otorgadas en su Ley Orgánica, Ley 311, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 143 del 28 de Julio de 1999, “Es el órgano encargado de la investigación, inventario y evaluación de los recursos físicos del país; de ejecutar los estudios de ordenamiento territorial; de realizar los estudios para la prevención y mitigación de los efectos provocados por fenómenos naturales peligrosos; de realizar los estudios meteorológicos y geofísicos; de regular y efectuar los trabajos cartográficos y geodésicos; y de normar, regular, operar, actualizar y ejecutar el catastro físico nacional” (Arto. 3 num. 1) y la Ley 509 “Ley General de Catastro Nacional”, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de enero de 2005 y su Reglamento, Decreto No. 62-2005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 9 de septiembre de 2005, normas Jurídicas actuales relacionados a las políticas estratégicas nacionales en materia del Catastro Nacional.

II

Que el INETER, es el órgano encargado de la investigación, inventario y evaluación de los recursos físicos del país, como ente rector y regulador en lo relativo a los instrumentos que aportan al ordenamiento del territorio en los temas de Geodesia, Cartografía, Hidrología, Geofísica, Meteorología, Catastro Físico Nacional y Planificación Territorial.

III
Que el INETER, sin detrimento de sus competencias de actuación en el territorio y tomando en cuenta su responsabilidad, especialidad temática para elaborar y desarrollar programas de transferencia de conocimientos y capacidades, a través de la transferencia tecnológica, acompañamiento, capacitación y asistencia técnica, seguimiento y evaluación de los procesos, para asegurar la implementación de los mismos a nivel local.

IV
Que el INETER está en la mejor disposición de colaborar con la AMICTLAN.

En base a la confianza y entendimiento mutuo y animados de un espíritu de cooperación amistosa entre el INETER y la AMICTLAN,

POR TANTO:

En uso de las facultades que las leyes de Nicaragua les otorgan, convienen en suscribir el presente Convenio de Coordinación y Colaboración, que se regirá por las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: DEL OBJETO:

El presente convenio tiene como objetivo, establecer el marco de coordinación y colaboración interinstitucional entre el INETER y la AMICTLAN, para lograr una optimización de la gestión ambiental y desarrollo integral en los territorios que componen la Asociación; enmarcados en la implementación de estrategias y políticas de desarrollo sostenible, llevando a cabo estudios y acciones planificadas que permitan facilitar las actuaciones y fortalecer el quehacer institucional.
CLÁUSULA SEGUNDA: DE LAS OBLIGACIONES DE LA AMICTLAN:

1. Cumplir con recomendaciones y normativas que el INETER envíe una vez que se hayan revisado los estudios técnicos que se generen desde la AMICTLAN.

2. Cumplir con las normativas y estándares de calidad del levantamiento catastral.

3. Facilitar al INETER la información cartográfica generada a partir de los estudios para que formen parte de la base de datos nacional en las diferentes temáticas.

4. Garantizar al INETER los gastos operativos necesarios, en aquellas actividades específicas que surjan en el marco de la cooperación entre ambos organismos, previa comunicación y firma del contrato en el marco de este convenio.

CLÁUSULA TERCERA: DE LAS OBLIGACIONES DEL INETER:

1. Brindar asistencia técnica e institucional en la realización o actualización de estudios o proyectos sobre las siguientes temáticas:
a) Geodesia y Cartografía
b) Ordenamiento Territorial
c) Catastro Físico

d) Geofísica
e) Recursos Hídricos
f) Meteorología

2. Avalar e introducir en la base de datos nacional los estudios de catastro que se estén realizando en el área de la Asociación de Municipios Integrados por la Cuenca y Territorios de la Laguna de Apoyo de Nicaragua.

3. Acompañar el proceso de legalización del Estudio de Ordenamiento Territorial en la cuenca de la Laguna de Apoyo en sus fases conceptuales y metodológicas, a fin de asegurar el mejor nivel técnico, para su aceptación y aprobación por los gobiernos e instituciones afines al tema y población en general.

CLÁUSULA CUARTA: DE LAS OBLIGACIONES COMUNES:

1. De la planificación operativa en ambas instituciones: Cada institución deberá analizar conjuntamente sus respectivos Planes Operativos para proponer programas y actividades en los cuales coordinen, colaboren y complementen acciones a fin de evitar duplicidades y vacíos.

2. Del financiamiento de las acciones conjuntas: Cada institución contribuirá de acuerdo a su disponibilidad financiera, al desarrollo de las actividades conjuntas, las que serán reflejadas en comunicaciones previas, detallando en la misma los compromisos o actividades específicas a realizar de acuerdo a sus competencias y alcances.

3. Del seguimiento y la evaluación: Cada institución deberá nombrar a funcionarios/as que serán enlaces institucionales para contacto y ejecución de las obligaciones contraídas en el presente convenio y evaluar el grado de cumplimiento.

4. Del intercambio de información: Cada institución generará o actualizará información sobre el territorio, por lo que dentro del marco del convenio ambas instituciones compartirán conocimientos técnicos y datos actuales del área en estudio.

5. El INETER y la AMICTLAN propiciarán la coordinación y colaboración entre ambas instituciones, con el objetivo de fijar las condiciones relativas a la ejecución de actividades dentro del programa PIXOA (Programa Integral por el Ordenamiento Ambiental de Apoyo) – AMICTLAN, a desarrollarse en la Laguna de Apoyo, Nicaragua.

6. En la implementación de las actividades previstas, tanto el INETER como la AMICTLAN no discriminaran a los beneficiarios por motivos de raza, sexo, afiliación política, creencia, religión, discapacidad u otros factores similares. Ambas instituciones, como organismos implementadotes, se aseguraran que el personal no tenga conflictos de intereses en relación con las actividades convenidas.

CLÁUSULA QUINTA: DISPOSICIONES FINALES:

Este convenio entrará en vigencia a partir de su firma y tendrá una duración de 18 meses. Cualquiera de las instituciones podrá rescindirlo, con solamente una notificación por escrito enviada con un mes de anticipación.

Para efecto de modificar una o varias cláusulas del presente convenio será suficiente que una de las partes genere comunicación escrita hacia la contraparte, quien deberá responder a la propuesta dentro de los próximos quince días hábiles a la recepción del documento de solicitud.

El presente convenio se ejecutará por medio de Cartas de Entendimiento específicas que definan las responsabilidades, los objetivos, alcances y resultados esperados, acciones y financiamiento, acorde con las necesidades e intereses de cada una de las instituciones.

Todo desacuerdo, desavenencia, o controversia que resultare entre los representantes de las partes con motivo de la interpretación o aplicación del presente Convenio, deberá ser resuelto por mutuo acuerdo entre dichos representantes, las partes ejecutarán la cooperación prevista en este convenio, sobre la base de beneficio mutuo y reciprocidad, en observancia a las normas y disposiciones que regulan ambas instituciones.

En testimonio de lo aquí indicado, los funcionarios debidamente autorizados y en representación de sus respectivas instituciones, proceden a la firma del presente Convenio en dos tantos de un mismo tenor con igual valor legal, en el municipio de Catarina Departamento de Masaya, Nicaragua, a los 08 días del mes de agosto del año dos mil ocho.

Firman:

INETER
ALEJANDRO RODRÍGUEZ ALVARADO
Director Ejecutivo

AMICTLAN
ERWIN SANCHEZ JARA
Presidente

Geólogos del Mundo
Christian Casals
Coordinador del PIXOA
Testigo de Honor